7.1.15

Uso del uniforme escolar no es obligatorio según el Ministerio

El Ministerio de Educación mediante la Resolución 001/2015 estableció que no es obligatorio el uso los uniformes escolares.
La información la dio ayer el director distrital de Educación, Félix Jara.


UNIFORME
El artículo 43 de la Resolución Ministerial 001/2015 dice: “el uso de uniforme en las unidades educativas fiscales, privadas y de convenio no es obligatorio; por tanto, no restringe su uso el ingreso a clases”.
Y en los incisos aclara: “el uso de uniforme decidido por mayoría de votos de madres y padres de familia de la Unidad Educativa no significará obligarlos a adquirir el mismo de un lugar específico, pudiendo obtenerlo del centro comercial o lugar que le permita su economía. Está prohibida la exigencia de compra de uniforme y materiales escolares de un lugar determinado o exclusivo”.
Además que “no es obligatorio exigir vestimentas especiales para promociones, presentaciones o celebración de fiestas nacionales, regionales o locales en los que la Unidad Educativa asista o conmemore”.
Además “se prohíbe la venta obligatoria de uniformes en las unidades educativas, bajo conminatoria de sancionar a los infractores. Asimismo, no llevar el uniforme no impide a la o el estudiante el ingreso a la Unidad Educativa”, aclara la norma.


CANTIDAD
Según el artículo 23 de la Resolución Ministerial 001/2015, referido a la “Matriculación en población urbana en unidades educativas fiscales, de convenio y privadas”, establece: “En Educación Inicial en Familia Comunitaria Escolarizada el número recomendado de estudiantes es 30 como máximo por paralelo”.
“En Educación Primaria Comunitaria Vocacional y Educación Secundaria Comunitaria Productiva el número recomendado de estudiantes es 35 como máximo, quedando prohibida la apertura de nuevos paralelos del mismo año de escolaridad”, dice el segundo inciso.
Los directores deben tomar en cuenta la capacidad de las aulas, explicó Jara. “Si en un curso solamente puede estar para 25 estudiantes, se van a inscribir los 25 estudiantes, no siempre están obligados a tener los 30 en el nivel inicial o los 35 en primario y secundario”, complementó.
Los directores deben tomar en cuenta a los reprobados. “Vamos a hacer la inscripción correspondiente en cada paralelo de 30 estudiantes y con los repitentes vamos a llegar a 35. Si hay más estudiantes que han repetido el año, el director con las estadísticas que tomará las previsiones necesarias, es decir que si en un paralelo tiene que inscribir 28 y con los repitentes llega a 35 esa es la cantidad”, agregó.

35

ALUMNOS en los niveles primario y secundario y 30 en el nivel inicial es la cantidad máxima de inscritos para cada aula.

Edades

A través de esta resolución se ratifica que la edad de inscripción será de cuatro años cumplidos para la primera sección, cinco años para la segunda sección y seis años cumplidos para el primer curso del nivel primario, todos cumplidos hasta el 30 de junio, dijo el director Félix Jara.
“Dentro de los requisitos está de que no va a ser prioritario exigir la libreta del nivel inicial para el primer curso, siempre y cuando tenga la edad para inscribir en el curso que le corresponde, es decir para inscribirse en el primer curso del nivel primario tiene que tener los seis años cumplidos hasta el 30 de junio”, explicó.
El sistema educativo de inscripción está programado para las edades para que se ingresen los datos conforme a las normas educativas, que se controla mediante el Registro Único del Estudiante.

Lista de materiales

Según la disposición ministerial, “queda terminantemente prohibida la entrega a las y los estudiantes de Educación Inicial en Familia Comunitaria, Primaria Comunitaria Vocacional y Secundaria Comunitaria Productiva de las unidades educativas fiscales, privadas y de convenio de listas de materiales educativos, la exigencia de libros de una editorial o librería específica que afecten la economía de los padres, para lo cual las Direcciones de las Unidades Educativas son las encargadas de su estricto cumplimiento; caso contrario, serán sancionadas”.

3 comentarios:

  1. me agrada tengo muchas dudas respecto a los actos q hacen los colegios es obligatorio asistir y con el uniforme q ellos piden?

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  2. ahora ya se que el uniforme no es obligatorio pero quiero decirles que en mi caso profesores del colegio Eustaquio mendes en tarija estan practicamente botando y negando el respectivo ingreso a clases. donde me puedo quejar??

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  3. A AMI ME PARECE BIEN ESTA RESLUCION PERO QUE HACEMOS CON ALGUNAS UNIDADES EDUCATIVAS QUE HACEN LO CONTRARIO

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